La enseñanza de la conducción no está exenta de IVA

La enseñanza de la conducción no está exenta de IVA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma la tesis de la Hacienda alemana.

Una autoescuela germana había impugnado ante los órganos jurisdiccionales del país la negativa de las autoridades tributarias a eximir del IVA los cursos de conducción para los permisos de las categorías B y C1 (vehículos destinados al transporte de personas y que no excedan de 3,5 y 7,5 t, respectivamente).
 
El centro de Formación Vial alegó que la finalidad de esta enseñanza no es puramente recreativa, dado que la posesión de tales permisos puede responder a necesidades profesionales y, en consecuencia, las clases impartidas al efecto deberían estar incluidas en la exención prevista por la Directiva del IVA (2006/112/CE, artículo 132, apartado 1, letras i y j) para la enseñanza escolar o universitaria.
 
El Tribunal Supremo de lo Tributario teutón pidió un dictamen al TJUE, el cual confirmó la tesis de la Hacienda alemana. «Cierto es que la enseñanza de la conducción tiene por objeto varios conocimientos de índole teórica y práctica. No obstante, no deja de ser una enseñanza especializada que no equivale, por sí sola, a la transmisión de conocimientos y competencias relativas a un conjunto amplio y diversificado de materias, así como a la profundización y su desarrollo, que resultan característicos de la enseñanza escolar o universitaria».