Guía práctica para transportistas y trabajadores de Logística que deben desplazarse por carretera

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La Logística está desempeñando un papel crucial en el contexto actual. Atravesamos jornadas atípicas, cargadas de incertidumbre, tensión, y todo lo que implica el ‘Estado de Alarma’ decretado por el Gobierno para hacer frente a la pandemia del coronavirus.

Los transportistas, camioneros y trabajadores que prestan servicio de transporte de mercancías las instalaciones sanitarias, a los supermercados, o a las farmacias, entre otros sectores, apenas descansan.

Mientras lee este artículo, cientos de ellos deben desplazarse por carretera para garantizar un abastecimiento constante, como marca el Real Decreto aprobado por el Gobierno.

Para cumplir con su trabajo de manera eficaz, e intentar reducir todo tipo de riesgos de contagios, deben extremar las medidas de precaución. Ellos, a su modo, también están en la primera línea de batalla contra el coronavirus.

La Guía de la patronal del sector y lo que señala el Real Decreto del Estado de Alarma

Por ello, UNO -la patronal del sector– ha difundido recientemente una ‘Guía del Coronavirus para la Logística’. El documento precisa una serie de pasos para saber actuar en situaciones “situaciones con posible riesgo en el sector logística y transporte”. Y se centra, principalmente, en indicar medidas de protección para los trabajadores del sector.  La guía ya ha sido publicada en su página web.

El documento explica qué es el coronavirus, cuál es período de incubación y los síntomas de la enfermedad. En definitiva, se trata de una introducción de carácter general al tema. Pero después se centra ya en los consejos específicos que deben tener en cuenta quienes están cumpliendo con labores tan importantes en momentos muy críticos como los que vivimos.

He aquí algunas de las recomendaciones más destacadas para camioneros, transportistas y demás profesionales que deben desplazarse por carretera. Asimismo, a continuación, también se incluyen disposiciones claves para transportistas profesionales terrestres que están señaladas en el Real Decreto que establece el ‘Estado de Alarma’.

1- A quiénes va dirigida la Guía

La Guía ha sido elaborada para transportistas y/o camioneros que se desplacen a zonas consideradas de riesgo por existir un elevado número de contagios, con el fin de transportar mercancías a empresas, clientes y/o usuarios finales. Es decir, a instalaciones del sector sanitario, alimenticio o farmacéutico, y que deban acceder a dichas instalaciones y conducir por carreteras y/o vías urbanas.

2- ¿Cómo pueden protegerse?

Las medidas generales de protección señaladas para estos trabajadores, frente al riesgo de enfermedades respiratorias provocadas por el coronavirus son:

  • Higiene de manos frecuente en áreas de servicio, siempre que sea posible y estén habilitadas para hacerlo (lavado con agua y jabón o soluciones alcohólicas).
  • Evitar el contacto estrecho con personas que muestren signos de afección respiratoria, como tos o estornudos, en estos puntos, y en los de origen y destino.
  • Evitar tocarse la nariz, los ojos y la boca.
  • Al toser o estornudar, cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado o con un pañuelo desechable.

3- El uso de mascarillas es prioritario, pero no obligatorio mientras se conduce

Las mascarillas deben reservarse de manera prioritaria sólo para aquellos lugares en los que se carga y se descarga el material trasladado, y en las situaciones en los que las autoridades sanitarias recomienden su uso. El Ministerio de Transportes señala, para los trabajadores del sector terrestre, que no es necesario llevar puesta la mascarilla de manera continua durante los trayectos; solamente en aquellas ocasiones en que resulta imposible mantener la distancia social.

4- Hay que evitar bajar del vehículo (siempre que sea posible)

En el ámbito del transporte de mercancías es necesario, por ejemplo, evitar siempre que sea posible que el conductor baje del vehículo o que participe en las tareas de carga y descarga, salvo en casos inevitables, siguiendo en este sentido las recomendaciones de la Comisión Europea.

5- Deberá facilitarse al transportista profesional el uso de servicios de aseo

Los establecimientos de suministro de combustible que dispongan servicios de aseo deberán facilitar su uso a los conductores profesionales. Asimismo, los centros de carga y descarga que cuenten con este tipo de instalaciones, deberán facilitar en la medida de lo posible su uso a los conductores profesionales que realicen operaciones en ellos.

6- Los establecimientos (que puedan ofrecerlo) deberán facilitar un servicio de catering

Asimismo, con objeto de posibilitar los descansos adecuados en cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, que son imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte, aquellos establecimientos que dispongan de cocina, servicios de restauración, o expendedores de comida preparada, deberán facilitar al transportista profesional un servicio de catering.

7- Pautas para el acceso en establecimientos de suministro de combustible, que dispongan de servicios de aseo

«Las medidas que se puedan exigir a los conductores para el acceso a este tipo de instalaciones, seguirán los criterios e instrucciones de prevención que con carácter general establezca el Ministerio de Sanidad, o las que dicho órgano pudiera establecer específicamente en este ámbito», señala el BOE.

8- Delimitar un área de actuación para la carga y descarga

Por su parte, AECOC, una de las mayores asociaciones empresariales del sector, que agrupa a la industria, la distribución y los operadores intermedios en el sector logístico, señala que -en las operaciones de carga y descarga-, se recomienda delimitar un área de actuación cuando sea el transportista quien cargue o descargue el camión, y mantener siempre la distancia interpersonal mínima de un metro con el conductor o transportista.

9- Durante la estancia en las instalaciones, permanecer el mayor tiempo posible en la cabina

Es fundamental, según AECOC, permanecer en la cabina del vehículo el máximo tiempo posible durante la estancia en las instalaciones del punto de origen y destino (salvo en operaciones de carga o descarga que sean inevitables o no puedan realizar otros, o para acceder a los servicios de aseos y alimentación).

10- Consultar siempre a las personas encargadas en PRL de las empresas, en caso de duda

Siempre es importante seguir las normas marcadas por las empresas donde el transportista preste sus servicios, para una adecuada coordinación de sus actividades. La Guía difundida por UNO recomienda que éste -ante cualquier duda- se dirija a las personas encargadas de la prevención de riesgos laborales (PRL) de su empresa.

Corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que emita su servicio de prevención, así como, en este caso, las autoridades sanitarias. Esto incluye pautas sobre uso de EPIs (Equipos de Protección Individual), en los casos que se requiera, asepsia personal (geles desinfectantes y otros), envío por vía telemática de los protocolos de seguridad y prevención de los centros (previamente a la llegada de los transportistas a las instalaciones), y aplicación de productos desinfectantes tras cada uso de maquinaria o equipos propios del centro que puedan ser utilizados por diversas personas. Finalmente, también es recomendable evitar el contacto físico en la entrega y recepción de albaranes y fomentar el intercambio electrónico de estos documentos.