Los pick up de MMA no superior a 3.500 kg serán considerados turismos

Los pick up de MMA no superior a 3.500 kg serán considerados turismos

Una Instrucción de la DGT, que comenzará a aplicarse dentro de un mes, así lo dispone.
 

La Dirección General de Tráfico se ha inspirado en la Directiva 2007/46/CE, que define el pick up como un «vehículo cuya masa máxima no es superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único”.

Dentro del Reglamento General de Vehículos (RGV) no existe un apartado propio para los pick up, por lo que eran tenidos por camiones.
 
Como se sabe, la definición de camión que recoge el RGV es: «vehículo con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluida la del conductor».
 
La presente Instrucción trata de resolver el problema creado por esta ausencia, clasificando como turismo al pick up de MMA no superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no estén situadas en un compartimento único y cuya altura total no exceda los 2 metros.
 
Si cumple estos requisitos le serán aplicadas las mismas normas de circulación que al resto de los turismos.

Sin embargo, «lo anterior no afecta en ningún caso a cualesquiera otras obligaciones (fiscales, periodicidad de ITVs,…) que se puedan derivar de su clasificación formal como camión por criterios de construcción en el Registro de Vehículos».