Más apoyo a la economía y el empleo

Más apoyo a la economía y el empleo

El Real Decreto-ley 15/2020, en vigor desde ayer, recoge más ayudas a las pymes, autónomos y trabajadores, aparte del mecanismo de renegociación y aplazamiento del pago de alquileres de locales de negocio (VÉASE). He aquí un resumen de las medidas más importantes:

 
  1. El aumento de la capacidad de las sociedades de garantía recíproca de las comunidades autónomas, mediante un reforzamiento de los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA). Hay hasta 100.000 millones disponibles de aquí al 31 de diciembre de este año.

  2. Ventajas fiscales, entre ellas:

  • El pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.

  • La eliminación de la vinculación obligatoria durante tres años, que es preceptiva para la renuncia al método de estimación objetiva, lo que posibilita a los autónomos que tributen por módulos hacerlo este año con arreglo a la estimación directa y volver a los módulos en 2021.

  • La posibilidad para quienes tributan por módulos de calcular los pagos fraccionados del IRPF y el ingreso a cuenta del régimen simplificado del IVA con el método de estimación objetiva, lo que les facilitará ajustar el pago a los ingresos reales, no computando como días de ejercicio de la actividad los días naturales en los que hubiera estado declarado el estado de alarma en dicho trimestre.

  • El no inicio del periodo ejecutivo para determinadas deudas tributarias.

  • La ampliación hasta el 30 de mayo de la vigencia de determinadas medidas tributarias contenidas en los Reales Decretos-ley 8/2020 y 11/2020, cuyo límite temporal era el 30 de abril de este año.

  1. Ajuste de la economía y protección del empleo.

  • Posibilidad de presentar ERTEs por causa de fuerza mayor parcial.

  • Los autónomos que inicialmente no optaron por una mutua para la cobertura de contingencias profesionales, incapacidad temporal y cese de actividad, lo pueden hacer ahora.

  • Suspensión durante el estado de alarma y sus prórrogas de los plazos de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

  • Refuerzo de los mecanismos de control y sanción en el ámbito laboral. Se establece una responsabilidad empresarial que implica la devolución de las prestaciones indebidamente percibidas por sus trabajadoras, cuando no medie dolo o culpa de éstos.

  • Se flexibilizan de forma temporal y extraordinaria algunos de los requisitos que permiten a las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada la calificación de sociedades laborales (sólo para las sociedades laborales constituidas en 2017).

  • Se prorroga durante dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia (o teletrabajo), así como el derecho de adaptación del horario y reducción de jornada.

  1. Protección a los ciudadanos.

  2. Consideración de situación legal de desempleo para los trabajadores despedidos desde el 9 marzo durante el periodo de prueba y para los que extinguieron voluntariamente sus contratos a partir del 1 de marzo por tener una oferta laboral firme que no llegó a materializarse a consecuencia de la COVID-19.

  3. Rescate de los fondos de pensiones.

  4. Reducción en un 50% de los aranceles notariales para la novación de créditos no hipotecarios.

  5. Refuerzo de la protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos.

  6. Simplificación del procedimiento para el aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social, incompatible con la moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social.