El 2 de enero bajará la velocidad máxima en 7.000 kilómetros de carreteras

El 2 de enero bajará la velocidad máxima en 7.000 kilómetros de carreteras

La DGT se dispone a reformar el Reglamento General de Circulación para reducir de 100 a 90 km/h la velocidad máxima para coches y motos en las carreteras convencionales de nuestro país.

 
Los autobuses, furgonetas y camiones tendrán un límite de 80 km/h en este tipo de vías. Únicamente cuando exista una separación física en los dos sentidos de la marcha, se podrá fijar una velocidad máxima de 100 km/h para turismos y motocicletas.
 
La medida afecta a unos 7.000 kilómetros de los 165.000 de que se compone la red viaria de España. No obstante, se espera que depare un descenso del 10% en la mortalidad por accidente de tráfico, dado que en las denominadas carreteras secundarias se produce el 75% de los siniestros mortales y que el exceso de velocidad es uno de los principales factores de riesgo.
 
Los límites actuales son: 100 km/h para turismos y motocicletas, 90 km/h para autobuses y furgonetas y 80 km/h, todo ello cuando se trata de una vía convencional con al menos 1,5 metros de anchura de arcén y más de un carril por sentido. Y 90 km/h para turismos y motocicletas, 80 km/ para autobuses y furgonetas y 70 km/h para camiones, en el resto de las vías secundarias.