Publicada la reforma de la ley de Tráfico

Publicada la reforma de la ley de Tráfico


El BOE de hoy recoge el texto definitivo de la norma, la cual entrará en vigor el 21 de marzo, salvo las modificaciones relativas al artículo 75 (que versa sobre las infracciones leves) y a los artículos 98, 99, 100, 101 y los anexos V, VI y VII (que tratan del intercambio transfronterizo de información sobre las infracciones de tráfico), las cuales estarán vigentes desde mañana (22 de diciembre). (Véanse las principales novedades).


En el preámbulo de la Ley se explican los motivos de la reforma. El principal es el incumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020, en cuanto a la disminución de los fallecidos en accidente de tráfico. Se trataba de bajar de los 37 por millón de habitantes, pero el decenio concluyó con 39. 

Por otro lado, la Comisión Europea, en su documento marco en materia de seguridad vial, se ha fijado la meta de que disminuya al menos en un 50% el número de muertos y heridos graves por siniestro vial, durante la década 2021-2030, en el ámbito de la UE. 

Por lo que respecta a la enseñanza de la conducción, el artículo 62 no sufre ninguna modificación, ya que el legislador le dio la razón a la Confederación Nacional de Autoescuelas, que se había opuesto frontalmente a los cambios introducidos inicialmente por el Congreso. 

De modo que sigue siendo válido lo establecido en el punto primero del mencionado artículo: «1. La enseñanza de los conocimientos y técnica necesarios para la conducción, así como el posterior perfeccionamiento y renovación de conocimientos se ejercerán por centros de formación, que podrán constituir secciones o sucursales con la misma titularidad y denominación. 

»Los centros de formación requerirán autorización previa, que tendrá validez en todo el territorio español en el caso de que se establezcan secciones o sucursales». 

El otro caballo de batalla de CNAE (la concienciación eficaz de los aspirantes a conductores sobre los factores de riesgo asociados al tráfico), ha hallado reconocimiento en la «Disposición adicional tercera ter. Cursos de concienciación y sensibilización. Para la obtención de un permiso o licencia de conducción se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización, que podrán impartirse también on line, siempre que se asegure la interacción [entre el profesor y el alumno] a través de un aula virtual. 

»El contenido y forma de los mismos se determinará reglamentariamente, previa consulta a los expertos de seguridad vial, así como a las asociaciones de víctimas».