La sanción mal tramitada anula la detracción de puntos

La sanción mal tramitada anula la detracción de puntos

Eso se desprende de una reciente sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de Madrid, que obliga a la DGT a devolver a un conductor los puntos que perdió, al haber fallos en la notificación de la sanción.

 
La DGT había enviado esta notificación a una dirección que no era la del conductor, por lo que, al no hallarlo en dicho domicilio, procedió a publicarla en el Tablón de Sanciones de Tráfico (TEXTRA).
 
Hacienda, que en principio se opuso a la reclamación del conductor, anuló por el mencionado motivo la multa inherente a la sanción, ya que así lo dispuso el TEAR (Tribunal Económico Administrativo Regional) de Madrid, el cual apreció un defecto en la notificación de la sanción.
 
Tráfico se opuso, considerando que la pérdida de puntos no podía ser anulada por una decisión del TEAR (al carecer dicho tribunal de competencias al respecto), aunque éste hubiese dejado sin efecto la multa.
 
Finalmente, el juzgado dio la razón al conductor y ordenó la restitución de los puntos detraídos al considerar que, al haber anulado Hacienda la multa por no haber sido correctamente notificada, «la sanción no había adquirido firmeza y no debió anotarse en el Registro de Conductores e Infractores, ni tampoco la detracción de puntos».

Según la auditoría de la DGT correspondiente a 2016, el Organismo dejó de recaudar 192 millones de euros por cancelaciones y anulaciones de multas a causa de su prescripción, falta de notificación o insolvencia del sancionado.
 
Algunas organizaciones de automovilistas estiman que un tercio de las multas que se tramitan en España están mal notificadas.